En las sociedades mercantiles que prevé la Ley del Mercado de Valores, surge un mecanismo de protección de los accionistas en caso de una enajenación adquirida por un tercero.
Este derecho de los accionistas es denominado derecho de acompañamiento, el cual consiste en la obligación del socio o accionista mayoritario avisar al accionista minoritario que se va a llevar a cabo la compraventa de acciones, para este caso se tiene que informar a los demás accionistas los términos y condiciones de la compraventa de acciones, con el fin de que los demás socios puedan elegir la opción de enajenar el porcentaje de acciones que les corresponda en base a los términos y condiciones planteadas por el comprador, este derecho de los accionistas opera para el siguiente tipo de sociedades:
Sociedad anónima promotora de inversión
Sociedad anónima promotora de inversión bursátil
Sociedad anónima bursátil
Excepciones: la circulación de las acciones ya que el accionista puede decidir a través de un proceso judicial oponerse a la decisión de compra venta de acciones, sin embargo la figura del tag along asi como la protección a los accionistas minoritarios ha ido en avance en base a las últimas reformas de la Ley del Mercado de Valores.
Lic. Lidia Ereiva