Se considera como aviso comercial a las frases u oraciones que tengan por objeto anunciar al publico establecimientos o negociaciones comerciales, industriales o de servicios, productos o servicios, para distinguirlos de los de su especie. Si el objeto del aviso comercial es anunciar productos o servicios, deberán deberán de especificarse en la solicitud del registro.
Por otro lado el objetivo del nombre comercial es la protección de cierta zona geográfica de la clientela efectiva de la empresa o establecimiento al que se aplique el Nombre Comercial. A diferencia del registro de marca este tramite es únicamente para llevar a cabo la gestión que se realiza ante el Instituto Mexicano de Propiedad Industrial con respecto a la solicitud de publicación en la gaceta que emite el instituto del nombre comercial, para poder llevar a cabo esta petición deberá solicitarse por escrito con los documentos que acrediten el uso efectivo del nombre comercial aplicado a un giro determinado.
La protección de un nombre comercial al igual que del aviso comercial, será de diez años a partir de la fecha de presentación de la solicitud y deberá renovarse por periodos de la misma duración, en caso de no renovarse cesarán los efectos del mismo.
Lic. Lidia Ereiva