Se considera como aviso comercial a las frases u oraciones  que tengan por objeto  anunciar al publico establecimientos o negociaciones comerciales, industriales o de servicios, productos o servicios, para distinguirlos de los de su especie. Si el objeto del aviso comercial es anunciar productos o servicios, deberán deberán  de especificarse en la solicitud del registro.

Por otro lado el objetivo del nombre comercial  es la protección de cierta zona geográfica de la clientela efectiva de la empresa o establecimiento al que se aplique el Nombre Comercial. A diferencia del registro de marca este tramite es únicamente para llevar a cabo la gestión  que se realiza ante el Instituto Mexicano de Propiedad Industrial con respecto a la solicitud  de publicación en la gaceta que emite el instituto del nombre comercial, para poder llevar a cabo esta petición  deberá solicitarse por escrito  con los documentos que acrediten el uso efectivo  del nombre comercial  aplicado a un giro determinado.

La protección de un nombre comercial al igual que del aviso comercial, será de diez años a partir de la fecha  de presentación de la solicitud y deberá renovarse por periodos de la misma duración, en caso de no renovarse cesarán los efectos del mismo.

Lic. Lidia Ereiva