En las sociedades mercantiles que prevé la Ley del Mercado de Valores, surge un mecanismo de protección de los accionistas en caso de una enajenación adquirida por un tercero.

Este derecho de los accionistas  es  denominado derecho de acompañamiento, el cual  consiste en la obligación del socio o accionista mayoritario avisar al accionista minoritario que se va a llevar a cabo la compraventa de acciones, para este caso se tiene que informar a los demás accionistas los términos y condiciones de la compraventa de acciones, con el fin de que los demás socios puedan elegir la opción  de enajenar  el porcentaje de acciones que les corresponda  en base  a los términos y condiciones planteadas por el comprador, este derecho de los accionistas opera para el siguiente tipo de sociedades:

Sociedad anónima promotora de inversión

Sociedad anónima promotora de inversión bursátil

Sociedad anónima bursátil

Excepciones: la circulación de las acciones ya que el accionista puede decidir a través de un proceso judicial oponerse a la decisión de compra venta  de acciones, sin embargo la figura del tag along  asi como la protección a los accionistas minoritarios ha ido en avance en base a las últimas reformas de la Ley del Mercado de Valores.

Lic. Lidia Ereiva