Con el objeto de incrementar el consumo de productos elaborados por manos mexicanas y beneficiar a las micro, pequeñas y medianas empresas, y así fomentar las inversiones y la generación de empleos, empresarios, productores del campo, sindicatos en sinergia con el Gobierno de la República, llevaron a cabo la firma del acuerdo para el fortalecimiento económico y la protección de la economía familiar. Por lo que a consecuencia de la celebración del citado documento, el pasado 24 de Febrero a través del Diario Oficial de la Federación se publico el acuerdo mediante el cual se establecen los REQUISITOS PARA OTORGAR EL USO, LICENCIA, Y SUBLICENCIA DE LA MARCA “HECHO EN MÉXICO” .
Por lo que LOS REQUISITOS PARA TENER EL USO DE LA MARCA, son los que se enlistan a continuación:
1.- Que el bien es obtenido en su totalidad o producido enteramente en México;
2.- Que el bien es producido exclusivamente a partir de materiales que califican como originarios de conformidad con los Tratados o Acuerdo Comerciales de los que México sea parte;
3.- Que el bien es elaborado con bienes no originarios, pero que resulta de un proceso de producción en México, de tal forma que el bien se clasifique en una subpartida diferente a la de los bienes no originarios según el Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías, y
4.-Que el valor de transacción de los materiales no originarios no exceda del porcentaje establecido para cada sector respecto del valor de la transacción de la mercancía.
También, se deberá acreditar que los productos SON PRODUCIDOS Y FABRICADOS CON CALIDAD, INNOVACIÓN, DISEÑO, SUSTENTABILIDAD E INCLUSIÓN LABORAL, ENTRE OTROS.
Lic. Lidia Ereiva